Adm. y Finanzas

JEFE DE FINANZAS

JUAN GATICA  QUILODRAN

CONTACTO: 41-2261005  Mesa Central: 41-2261000

CORREO:  dafi@municipalidadlosalamos.cl

SECRETARIA DE FINANZAS

Contacto: 41-2261043   Mesa Central: 41-2261000

Correo:  dafi@municipalidadlosalamos.cl

Esta  Dirección  es  una  unidad  de  línea  dependiente  del  Alcalde.  A  su  cargo  tiene  las  siguientes dependencias:

a)   Oficina de personal.
b)   Oficina de Adquisiciones.
c)    Oficina de Inventario.
d)   Oficina de Tesorería.
e)   Oficina de Rentas, patentes, tránsito, e Inspección municipal.
f)    Oficina de Administración de Bodega.

OBJETIVO

Esta unidad tiene por objetivo la administración eficaz de la actividad financiera, contable y presupuestaria de recursos humanos y materiales necesarios para la adecuada gestión municipal.

FUNCIONES

La Direcciónde Administración y finanzas tiene las siguientes funciones generales:

1.-  Asesorar al Alcalde y Administrador Municipal en la administración del personal de la Municipalidad.

específicamente:

a-   Mantener al día la descripción de cargos y evaluación de los funcionarios del municipio.

b-   Documentar la contratación de personal.

c-   Producir la capacitación del personal.

d-   Gestionar sistema de bienestar en coordinación con el comité de bienestar municipal.

e-   Crear instancias de interrelación del personal.

2.-  Asesorar al Alcalde y Administrador Municipal en materias financieras del Municipio, específicamente:

a-   Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.

b-   Colaborar  directamente  con  la  Secretaría  Comunal de  Planificación  en  la  elaboración  del presupuesto anual de la municipalidad.

c-   Confeccionar y Visar los decretos de pagos.

d-   Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de contabilidad nacional y con las instrucciones quela Contraloría Generaldela Repúblicaimparta al respecto.

e-   Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas corrientes bancarias respectivas y rendir cuenta ala Contraloría Generaldela República.

f-    Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.

g-   Efectuar el cálculo, registro y pago de las remuneraciones del personal.

h-   Revisar el comportamiento real de los ingresos y egresos en relación al presupuesto de caja e informar a las unidades que corresponda.

3.-  Asesorar al Alcalde y Administrador Municipal en materias de rentas municipales, específicamente:

a-   Recibir el pago por los distintos fines municipales de acuerdo a las disposiciones legales vigentes;

b-   Dar curso a las solicitudes sobre otorgamiento y caducidad , según corresponda de las patentes comerciales , industriales, de alcoholes y profesionales , manteniendo el registro de ellas.

c-   Efectuar la administración de los ingresos de acuerdo a lo establecido porla Leyde Rentas Municipales.

4.-  Mantener   actualizados   la   información   financiera,   presupuestaria   y   contable,   poniéndola   en conocimiento del Alcalde, Administrador Municipal y demás autoridades que corresponda.

5.-  Efectuar  oportunamente  el  pago  de  obligaciones  municipales  que  mediante  decreto  disponga  el Alcalde, con cargo a las cuentas respectivas atendida la naturaleza del egreso.

6.-  Custodiar los valores y títulos del Municipio e instrumentos de garantía extendidos a nombre de la Municipalidad.

7.-  Llevar la nómina de contribuyentes municipales (impuestos y derechos).

8.-  Manejar las cuentas corrientes bancarias municipales, preparando la correspondiente rendición de cuentas.

9.-  Revisar los formularios de ingresos y gastos para la rendición de cuentas ala Contraloría Generalde la República.

10.- Adquirir, distribuir, mantener y controlar los bienes y medios quela Municipalidadrequiere para su funcionamiento.

11.- Controlar la gestión financiera de las diversas unidades municipales.

12.- Programar y organizar las labores de inspección aplicables a la industria, al comercio establecido y ambulante que opere dentro de los límites comunales.

13.- Otras funciones que la ley señale o que la autoridad superior le asigne.